Ley 1/2025 en Madrid: Guia para Restaurantes y Hoteles de la Capital
Guia completa de la Ley 1/2025 de desperdicio alimentario para restaurantes y hoteles en Madrid. Quien inspecciona, exenciones para microempresas, Banco de Alimentos de Madrid y sanciones.
Equipo Legal AuditWaste
Cumplimiento Normativo
Madrid es la mayor concentracion HORECA de Espana. Con mas de 30.000 restaurantes y establecimientos de hosteleria, la capital afronta un reto enorme para cumplir la Ley 1/2025 antes del 2 de abril de 2026.
Fecha limite: 2 de abril de 2026
A partir de esa fecha, la Consejeria de Sanidad puede inspeccionar cualquier establecimiento HORECA y sancionar incumplimientos con multas de hasta 500.000 euros.
Quien inspecciona en la Comunidad de Madrid
La Consejeria de Sanidad de la Comunidad de Madrid, a traves de la Direccion General de Salud Publica, es la autoridad competente para inspeccionar el cumplimiento de la Ley 1/2025.
Exenciones importantes (Art. 6.4 y 6.6)
Microempresas (menos de 10 empleados Y facturacion inferior a 2 millones de euros): completamente exentas de todas las obligaciones.
Establecimientos menores de 1.300m2: exentos del Plan de Prevencion formal.
Produccion primaria: regimen diferenciado con exenciones parciales.
Zonas de alta densidad HORECA en Madrid
- Centro (Sol, Gran Via, La Latina): Maxima densidad de restaurantes turisticos
- Salamanca: Restaurantes de alta gama y hoteles de lujo
- Chamberi: Gastronomia tradicional y tabernas
- Malasana y Chueca: Alta rotacion, locales jovenes
Entidades de donacion en Madrid
- Banco de Alimentos de Madrid (BAMAD): Principal receptor
- Fundacion Altius: Recogida en restaurantes
- Mensajeros de la Paz: Comedores sociales
Sanciones aplicables
| Tipo | Rango |
|---|---|
| Leve | Hasta 2.000 euros |
| Grave | 2.001 - 60.000 euros |
| Muy grave | 60.001 - 500.000 euros |
Conclusion
Madrid tiene hasta el 2 de abril de 2026 para adaptarse. Evalua si estas exento y, si no, implementa un sistema de registro antes de que comiencen las inspecciones.
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